¿Te conviene?

En Colombia, el Régimen Simple de Tributación (RST) es una alternativa creada para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de emprendedores, pequeños empresarios y profesionales independientes. Este régimen busca promover la formalización, reducir la carga tributaria y simplificar los trámites contables y fiscales.

 

¿Qué es el Régimen Simple?

El RST es un sistema opcional que unifica varios impuestos en una sola declaración anual, con anticipos bimestrales. Entre los tributos incluidos están:

 

Impuesto sobre la Renta

Impuesto Nacional al Consumo (para expendio de comidas y bebidas)

Impuesto de Industria y Comercio (ICA)

Ganancia ocasional

Avisos y Tableros

Sobretasa Bomberil

 

Principales beneficios

Tarifas reducidas: Las tarifas del RST oscilan entre el 1.2% y el 14.5%, dependiendo de los ingresos brutos y la actividad económica. Estas son significativamente más bajas que las del régimen ordinario.

 

Menos trámites: Se elimina la necesidad de presentar múltiples declaraciones y se reduce la carga administrativa. Todo se gestiona electrónicamente a través de la DIAN.

 

Mejor flujo de caja: Los contribuyentes del RST no están sujetos a retenciones en la fuente por renta ni ICA (salvo laborales), lo que mejora la liquidez del negocio.

 

Exención de IVA: Negocios como tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquerías que ejerzan exclusivamente estas actividades no son responsables del IVA, lo que simplifica aún más sus obligaciones fiscales.

 

Acceso a descuentos tributarios: Se pueden aplicar descuentos por pagos electrónicos (hasta el 0.5% de los ingresos) y por el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF), lo que incentiva la bancarización.

 

Facilidad para tomar decisiones: Al tener claridad sobre el impacto fiscal, los empresarios pueden planear mejor sus inversiones y estrategias financieras.

 

¿Quiénes pueden acogerse?

Este régimen está dirigido a:

* Personas naturales o jurídicas con ingresos brutos anuales inferiores a 80.000 UVT (aproximadamente $3.500 millones COP en 2025).

* Empresas clasificadas como micro, pequeñas o medianas.

* Contribuyentes que no pertenezcan a sectores excluidos como entidades sin ánimo de lucro o actividades financieras.

 

¿Cómo se accede?

La inscripción se realiza voluntariamente a través del Registro Único Tributario (RUT), actualizando la responsabilidad como contribuyente del SIMPLE. El plazo para hacerlo es hasta el último día hábil de febrero del año gravable en curso.

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